Comisión de Puntos Constitucionales aprueba en lo particular reformas constitucionales al Poder Judicial

por | Ago 28, 2024 | Elecciones | 0 Comentarios

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, aprobó en lo particular, con cambios, el dictamen que modifica diversos artículos de la Constitución Política, en materia de reforma del Poder Judicial.

Foto: Cámara de Diputados. 

El proyecto se avaló con 22 por votos a favor, 18 en contra y cero abstenciones, tras la presentación de 330 reservas, y se remitió a la Mesa Directiva para sus efectos constitucionales.  

La Comisión, aceptó la propuesta de modificación presentada por la diputada Lidia García Anaya (Morena) para adicionar la fracción X del Apartado A del artículo 20, relativa a la figura de “jueces sin rostro”, y reformar el precepto Segundo Transitorio, en materia de listado de personas candidatas y boletas electorales. 

La fracción X del artículo 20 propone que, “tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley”. 

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La diputada explicó que esta reserva busca incluir la figura de los “jueces sin rostro” como un órgano de administración judicial creado en los sistemas de determinadas jurisdicciones, encargadas del proceso y juicio de delitos generalmente vinculados al narcotráfico, terrorismo y crimen organizado.

Respecto a las modificaciones al artículo Segundo Transitorio, específicamente al párrafo sexto y sus incisos a, b, c, d y e, se plantea que:

a) Para ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cuatro hombres.

b) Para magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial podrán elegir hasta tres mujeres y hasta dos hombres.

c) Para magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán elegir hasta dos mujeres y hasta dos hombres. 

d) Para magistradas y magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán elegir hasta dos mujeres y un hombre por cada sala.

e) Para magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres.

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Redacción Alcaldes de México

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